Negociación entre abogados y la oferta vinculante confidencial.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, introduce una reforma integral del sistema judicial español con el objetivo de modernizar y hacer más eficiente la Administración de Justicia.

La norma destaca por introducción de la obligatoriedad de intentar una resolución extrajudicial mediante MASC (como mediación, conciliación, negociación directa, entre otros) antes de acudir a la vía judicial en asuntos civiles y mercantiles.

La Ley Orgánica 1/2025 no obliga a modificar las cláusulas sobre jurisdicción ni de ley aplicable, ni impone el arbitraje, en los contratos de cesión de amarre, en los contratos de prestaciones de servicios portuarios, o en los contratos de compraventa de embarcaciones, pero sí que es recomendable revisar dichos contratos, porque si en el contrato existe una remisión genérica al arbitraje, se cierran inconscientemente otras opciones como requisito previo para resolver el conflicto mediante un MASC.

Aunque las cláusulas de arbitraje siguen siendo válidas y eficaces, las partes deben acreditar que han intentado una resolución extrajudicial antes de acudir a los Tribunales y pueden optar por requisitos de procedibilidad más sencillos que el complejo arbitraje, la mediación o la conciliación: bien sea por una negociación entre abogados, bien sea una oferta vinculante confidencial.

Antes de acudir al Juzgado se recomienda una negociación entre abogados, o una oferta vinculante confidencial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *