La actividad portuaria debe sujetarse a los códigos técnicos sobre accesibilidad con el objetivo de
a) Garantizar que todos los edificios nuevos y públicos amplios cumplan con los criterios de accesibilidad del concepto de diseño.
b) Implementar ajustes para adaptar la infraestructura construida, haciéndola accesible a todas las personas, independientemente de sus capacidades.
c) Garantizar que la información sirva para que sea comprensible y utilizable por todas las personas, incluidas las personas con discapacidad sensorial o cognitiva.

